Pon atención a las recomendaciones de los expertos asesores en seguros
Se acerca el verano, una fecha en que la mayoría de los chilenos decide salir de vacaciones. Sin embargo, hay quienes no tienen el dinero efectivo suficiente para poder disfrutar o elegir el lugar que siempre quisieron.
Para solventar este asunto, algunos organismos han implementado una opción de crédito de consumo. Este tipo de crédito corresponde a un préstamo a corto o mediano plazo, donde se entrega al cliente una cantidad de dinero que puede gastar a libre disposición.
Si bien, la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (SVS) no establece ningún seguro obligatorio que deba pagar el deudor para acceder a un crédito de consumo; las entidades tienen autoridad crediticia, por lo tanto, pueden determinar los seguros que ellos estimen convenientes al momento de otorgar el préstamo.
En caso de que el beneficiario del crédito quisiera contratar un beneficio adicional, puede buscar asesoría en seguros relacionados al destino de los recursos otorgados. Por ejemplo, si el crédito de consumo será utilizado para adquirir un bien, la persona podría adquirir seguros incendios o seguros responsabilidad civil.
Por último, si en la contratación del crédito se faculta al banco o cualquier entidad para suscribir productos, y la redacción está hecha de manera vaga o ambigua; podría tratarse de una cláusula abusiva y el cliente tiene el derecho a realizar la denuncia correspondiente.
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