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¿Cómo cobrar un seguro contra incendios?

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    ¿Cómo cobrar un seguro contra incendios?

    By noticias | Multi Author | 0 comment | 13 mayo, 2016 | 0

    Pon atención a los siguientes pasos a seguir

     Existen diferentes tipos de seguros dentro del mercado nacional, siendo los más cotizados los de accidentes personales, los de automóviles, los seguros de vida, los de salud y los seguros contra incendios.

    En caso de sufrir un siniestro, lo más importante es saber cómo cobrar el seguro adquirido. También debes saber que el procedimiento es el mismo para todos, así que pon atención a todos los pasos a seguir:

    1- Denuncia el siniestro a la compañía de seguros con quien contrataste la póliza. Ten en cuenta que para algunos seguros se necesita la constancia inmediata de Carabineros de Chile.

    2- En el caso que la póliza haya sido intermediada por una corredora de seguros, deberás contactarla porque están obligados a asesorarte en el proceso de liquidación.

    3- La liquidación puede realizarla directamente la compañía de seguros o también puede hacerla un liquidador externo independiente. La decisión debe comunicarse al asegurado en un plazo de 3 días hábiles contados desde la fecha de denuncia del siniestro.

    4- El asegurado puede oponerse a que la liquidación sea hecha por la compañía. En este caso puede solicitar dentro de 5 días hábiles, contados desde la recepción de la comunicación de la aseguradora, que se le otorgue un liquidador externo.

    5- La compañía deberá informar sobre todo el proceso de liquidación a su asegurado.

    6- El asegurado y la compañía tienen el derecho de impugnar el Informe de liquidación.

    7- Si se impugna el informe, el liquidador dispondrá de un plazo de seis días hábiles para responder.

    8- Si persistieran las diferencias respecto de la procedencia de la cobertura o monto de la indemnización, la aseguradora deberá notificar, dentro del plazo de cinco días hábiles, la resolución final del siniestro.

    9- En caso de acuerdo entre la aseguradora y el asegurado, aquélla deberá proceder al pago de la indemnización. En caso que la diferencia radique exclusivamente en el monto de la indemnización, la aseguradora deberá poner a disposición del asegurado la suma no disputada, si la hubiere.

     

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